Nota del Secretario General de la FJA a Dr Alak
22 dic
El Secretario General de la Federación Judicial Argentina, Víctor Mendibil, presentó una Nota al Ministro de Justicia de la Nación Dr Alak, que en uno de sus párrafos dice:
“…Como es sabido, la negociación colectiva es un derecho esencial de todos los trabajadores. El artículo 14 bis de la Constitución Nacional, los Convenios Nros. 87, 98, 151 y 154 de la Organización Internacional del Trabajo, lo contemplado por numerosas constituciones provinciales y la de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires así lo establecen. Sin embargo, no existe todavía una ley nacional que consagre este derecho específicamente para los trabajadores judiciales, que cumplen labores en un ámbito muy especial y que requiere atender a esas peculiaridades…”
Nota a Legisladores
16 dic
El SITRAJUR ha enviado una Nota al Presidente de la Legislatura y legisladores de todos los bloques, solicitándoles el tratamiento de los proyectos de Convenciones Colectivas de Trabajo para los trabajadores judiciales y el de creación de comisión multisectorial para proyecto de reforma del Consejo de la Magistratura
La Federación Judicial Argentina se reunió con el Ministro de Justicia Dr Alak
14 dic
La Federación Judicial Argentina representada por los compañeros, Mendibil, Orodoñez, Blasco y el Dr. Ulises Gorini se reunió con el Dr. Alak, esta audiencia había sido suspendida en dos oportunidades por razones justificadas desde el Ministerio.
Durante el desarrollo de la misma se le hizo una descripción y de los avances en cada una de las provincias, la desestructuración de las remuneraciones y se destacaron las reuniones iniciadas con los STJ de la patagonia y el NEA.
Especialmente se trató el derecho que los asiste a discutir en Paritarias nuestras remuneraciones y las condiciones de trabajo en el marco nacional y provincial, puntualmente, se le informó del trámite de la presentación que realizamos ante la OIT, denunciando al gobierno argentino por el incumplimiento de la ley que garantiza el derecho a las antes mencionadas paritarias.
Impugnación ap 3, 4 y 7 de la Resolución 668/11
4 dic
Pablo Barreno, en carácter de Co-Secretario Adjunto del Sindicato de Trabajadores Judiciales de la Provincia de Río Negro, con domicilio en calle Winter 176 de la ciudad de Viedma, constituyendo domicilio a los efectos legales en el mismo lugar, ante V.S me presento y respetuosamente digo:
I.- OBJETO: Que en tal carácter vengo impugnar los puntos 3, 4 y 7 de la parte dispositiva de la Resolución Nº 668/11 del Superior Tribunal de Justicia solicitando se modifique en sus puntos 3 y 4 y se deje sin efecto el apartado 7mo, por ser contrarios a derecho y afectar flagrantemente los derechos del conjunto de trabajadores judiciales de la Provincia de Rio Negro, por las consideraciónes que paso a exponer..
Inicia Demanda contra el Estado Provincial (Poder Judicial)
4 dic
El Sitrajur inicia demanda contra el Estado Provincial ( Poder Judicial) a efectos de que se ordene cumplir con el acuerdo colectivo de trabajo al que se arribo en fecha 05 de Septiembre de 2011, entre el SI.TRA.JUR y el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Río Negro, el cual fue homologado por la Secretaria de Trabajo de la Provincia de Río Negro mediante Resolución Nº 2269/11.
Concurso. Circular Informativa
25 nov
La comisión directiva del SITRAJUR, informa a sus afiliados, que realizadas las asambleas en todas las delegaciones de las jurisdicciones en relación al llamado a concurso efectuado por resolución 668/11 del STJ, el resultado fue el siguiente:
Por decisión mayoritaria de las asambleas de Bariloche, Cipolletti y Viedma, se resolvió aceptar el llamado a concurso interno abierto (art. 2 res. 668/11 STJ). Asimismo se resolvió impugnar los puntos 4º (situación de contratados) y 7º de la mencionada resolución, este último en tanto no convoca al SITRAJUR a la mesa de trabajo que dispone.
Banco Credicoop, beneficio adelanto de haberes
22 nov
LA COMISION DIRECTIVA DEL SITRAJUR INFORMA A TODOS SUS AFILIADOS QUE QUIENES HAN OBTENIDO PRESTAMOS DEL BANCO CREDICOOP, PUEDEN ACCEDER AL BENEFICIO DE ADELANTO DE HABERES HASTA UN MONTO DEL 30 % DE SU SUELDO.
PARA ELLO DEBEN ACERCARSE A LA SUCURSAL MAS PROXIMA Y HABILITAR UNA CUENTA PARA ESTE FIN, QUE ES SIN CARGO (SIN COSTO ALGUNO).
Estela N.Quisles – Secretaria General-
SITRAJUR


